Registro digital: 2029378
Instancia: Pleno
Undécima Época
Materias(s): Común
Tesis: P./J. 6/2024 (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Tipo: Jurisprudencia
DOCUMENTOS DIGITALIZADOS PRESENTADOS ELECTRÓNICAMENTE PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO O LEGÍTIMO EN EL AMPARO. LA OMISIÓN DE MANIFESTAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE SON COPIA ÍNTEGRA E INALTERADA DEL DOCUMENTO IMPRESO NO GENERA LA PREVENCIÓN O REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, SINO QUE DEBAN VALORARSE COMO COPIA SIMPLE.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios ante la exhibición de documentos públicos digitalizados presentados electrónicamente por la parte quejosa para acreditar su interés jurídico o legítimo, sin la manifestación bajo protesta de decir verdad de que son copia íntegra e inalterada de los documentos impresos. Mientras que uno sostuvo que si existen dudas sobre la veracidad de los documentos debe reponerse el procedimiento; el otro determinó que la demostración del interés jurídico es una carga que corresponde al quejoso, por lo que no amerita la prevención o reposición del p
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